Legislar, REpresentar, controlar
¿Qué es el Concejo Deliberante?
El Concejo Deliberante es el órgano legislativo de la ciudad, tal como lo es la Legislatura en la provincia o el Congreso en la Nación. Es un poder del Estado que tiene como tarea principal sancionar las leyes municipales, que se llaman ordenanzas. En el caso de Cosquín está compuesto por siete concejales, que se eligen cada cuatro años a través del voto.
La Ley Provincial N° 8.102 y la Constitución de la Provincia de Córdoba establecen las demás funciones, que se pueden resumir y agrupar en tres aspectos principales: LEGISLAR, REPRESENTAR Y CONTROLAR.
LEGISLAR
Los concejales deben presentar proyectos, debatir ideas y sancionar normas que regulen aspectos locales. Incluye aprobar el Presupuesto Anual de la Administración Municipal (en nuestro caso, también el de la Comisión Municipal de Folklore), autorizar obras y servicios públicos, aprobar la tarifaria anual, etcétera.
REPRESENTAR
Los concejales también tienen la responsabilidad de actuar como vínculo entre los vecinos y el gobierno municipal. Deben canalizar las inquietudes, necesidades y propuestas de la comunidad, llevándolas al ámbito legislativo mediante proyectos e iniciativas que respondan a esas demandas.
CONTROLAR
Los concejales deben fiscalizar la administración municipal, revisando los actos del intendente y sus funcionarios para asegurar el cumplimiento y la correcta aplicación de las leyes, ordenanzas, reglamentaciones y otras normas. Además, pueden solicitar informes al Ejecutivo, con el fin de obtener información clara y específica.
COSQUÍN AVANZA
QUIENES SOMOS?
¿Cómo se eligen los concejales?
Los concejales son elegidos cada cuatro años mediante el voto popular. En las elecciones municipales, cuando votamos por un candidato a intendente también estamos votando por su lista de candidatos a concejal. Las bancas se distribuyen entre las listas que más votos obtengan, siendo la lista ganadora quien conserva la mayoría. El Concejo Deliberante de Cosquín está conformado por siete concejales, sus mandatos duran cuatro años y pueden ser reelegidos sólo una vez.
AUTORIDADES

Dr. Rodolfo Milani
PRESIDENTE

Liliana Emerson
VICEPRESIDENTA 1º

Andrea Montes
VICEPRESIDENTA 2º

Mateo Barrios Pons
SECRETARIO HABILITADO
El Presidente del Concejo Deliberante es la segunda autoridad de la ciudad después del intendente, y la máxima autoridad del Cuerpo. Es el responsable de presidir las sesiones, representar al Concejo Deliberante ante la comunidad, velar por el cumplimiento del Reglamento Interno, disponer lo concerniente al funcionamiento de las Secretarías, reemplazar al Intendente Municipal cuando corresponda, etcétera.
Las Vicepresidentas reemplazan, en el orden correspondiente, al presidente cuando éste se encuentra ausente.
El Secretario Habilitado es nombrado por el Concejo Deliberante con la mayoría de sus votos. Depende de y asiste directamente al Presidente y cumple con todas las tareas concernientes al funcionamiento diario del Cuerpo, y pueden resumirse y agruparse en dos categorías: legislativas y administrativas.
BLOQUE
Los miembros del Concejo Deliberante se organizan en bloques, que agrupan a los concejales de un mismo partido o alianza política. La cantidad de concejales por bloque se corresponde con el resultado que hayan tenido en las elecciones, siendo la lista ganadora quien conserva la mayoría. Al comenzar el año legislativo, cada bloque designa a uno de sus miembros para que cumpla el rol de Presidente/a de Bloque.
COSQUÍN AVANZA
Andrés Juárez – Presidente de bloque
Liliana Emerson – Concejal
Rodolfo Milani – Concejal
Mercedes Domínguez – Concejal
PROYECTO COSQUÍN
Andrés Juárez – Presidente de bloque
Liliana Emerson – Concejal
Rodolfo Milani – Concejal
Mercedes Domínguez – Concejal
DESPEJANDO DUDAS
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué es una sesión del Concejo? ¿Puedo asistir?
Una sesión del Concejo Deliberante es la reunión formal en la que los concejales debaten y votan los proyectos. Desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre de cada año se realizan de manera periódica — todos los jueves a las 10 hs, en la Sala de Sesiones [Enlace a Google Maps].
Las sesiones son abiertas al público y cualquiera puede asistir. El orden del día, que es el listado de temas a tratar, se publica cada jueves por la mañana en las redes sociales de la Municipalidad [Facebook – Instagram].
¿Qué es la comisión?
El trabajo o reunión de comisión es la etapa previa a la sesión, en donde los concejales se reúnen para debatir en profundidad los proyectos que hayan para tratar. Se realizan cada martes y no son de carácter público, pero los concejales pueden convocar a quienes consideren necesario para enriquecer el análisis de los proyectos. Esto incluye profesionales, técnicos, autoridades, vecinos u organizaciones interesadas, con el objetivo de tratar cada tema de la manera más completa y responsable posible.
Un proyecto puede pasar varios días, semanas, e incluso meses en comisión, dependiendo la cantidad de tiempo que lleve trabajarlo, desarrollarlo y perfeccionarlo. Una vez que los proyectos están listos, se suben a sesión para su resultado definitivo.
Sobre el contacto con los concejales: ¿Puedo solicitar una reunión?
Cualquier vecino o vecina puede solicitar una reunión, ya sea con todos o algunos miembros del Concejo Deliberante, a través del formulario de contacto, el correo electrónico de la Secretaría o los canales de contacto de cada bloque político o concejal.
Sobre la presentación de proyectos: ¿Cualquiera puede presentar un proyecto de ordenanza? ¿Qué requisitos debe cumplir mi proyecto?
Un proyecto puede ser presentado por los concejales, el intendente, o vecinos particulares. Si bien no es necesario que los proyectos presentados cumplan con las exigencias de la técnica legislativa correcta, si debe entenderse que no todo proyecto es un proyecto legislativo.
Los proyectos a presentar en el Concejo Deliberante deben hacerse en forma de proyectos de ordenanza, resolución, declaración o decreto, y deben incluir estos tres aspectos:
- Título — La leyenda “El Concejo Deliberante de la Ciudad de Cosquín…
- …sanciona con fuerza de ordenanza”
- …resuelve”
- …declara”
- …decreta”
Acompañada, opcional pero idealmente, de un título que resuma el
propósito del proyecto.
- Fundamentos — Explica las razones del proyecto, comúnmente respondiendo a las preguntas: ¿qué motiva este proyecto? ¿por qué es necesario?
- Articulado — Es el cuerpo normativo que contiene las disposiciones específicas de la normativa, organizado en artículos (1°, 2°, 3°, …).
Sobre procedimientos: ¿Cómo un proyecto se convierte en ordenanza?
El procedimiento para que un proyecto se convierta en ordenanza puede dividirse en tres etapas:
- Presentación — Una vez redactado el proyecto, debe presentarse firmado ante la secretaria del Concejo Deliberante, quién lo ingresará formalmente.
- Trabajo de comisión — Una vez ingresado formalmente el proyecto, la secretaria del Concejo Deliberante lo enviará a comisión para que los concejales se reúnan y lo debatan por primera vez. En esta instancia es común que los concejales convoquen o se comuniquen con el autor del proyecto para conocerlo más en profundidad.
Tratamiento en sesión — Una vez que los concejales disponen que el proyecto está listo, se incluye en el orden del día de la sesión, donde se debate por última vez y se vota su aprobación o rechazo.
Los proyectos a presentar en el Concejo Deliberante deben hacerse en forma de proyectos de ordenanza, resolución, declaración o decreto, y deben incluir estos tres aspectos:
- Título — La leyenda “El Concejo Deliberante de la Ciudad de Cosquín…
- …sanciona con fuerza de ordenanza”
- …resuelve”
- …declara”
- …decreta”
Acompañada, opcional pero idealmente, de un título que resuma el
propósito del proyecto.
- Fundamentos — Explica las razones del proyecto, comúnmente respondiendo a las preguntas: ¿qué motiva este proyecto? ¿por qué es necesario?
- Articulado — Es el cuerpo normativo que contiene las disposiciones específicas de la normativa, organizado en artículos (1°, 2°, 3°, …).
COSQUÍN AVANZA
CONTACTO Y PARTICIPACIÓN CUIDADANA
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